26 Aug
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Efectivamente el SII utiliza una práctica muy recurrente para efectos de fiscalizar una empresa, el bloqueo de facturación. Tanto la Constitución como el Código Tributario establecen el derecho a toda persona a realizar una actividad económica lícita en el país y su entorpecimiento infundado es de carácter ilegal. ¿Cómo un contribuyente pagará sus obligaciones tributarias si no puede ejercer una actividad económica? Es ilógico e ilegal. 


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