Nunca sugerimos a nuestros clientes iniciar una actividad económica con su RUT personal. Siempre cree una persona jurídica con un RUT distinto para poder emprender. Existe la posibilidad de que el proyecto fracase y existan obligaciones tributarias pendientes de pago, si usted trabaja con su propio RUT pueden embargarle bienes propios, como su casa o su auto. Pero si trabaja con RUT de empresa o persona jurídica, solo pueden embargar bienes a nombre de la empresa, no sus bienes personales.